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viernes, 7 de mayo de 2010

Jueza el Sexto Juzgado de la Instrucción del DN otorga un mesn a la fiscalía para que presente acusación contra asucasados caso de Figueroa Agosto

La jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional decidió ayer otorgar un plazo de un mes a la Fiscalía del Distrito Nacional para que continúe investigando el caso seguido a los vinculados con el fugitivo José Figueroa Agosto.
La magistrada Clara Luz Almonte acogió de manera parcial un pedimento formulado por el fiscal del Distrito Nacional, Alejandro Moscoso Segarra, quien solicitó al tribunal cuatro meses para concluir la investigación y presentar la acusación.
La jueza fijó la audiencia para el 7 de junio, por lo que a partir de la fecha Moscoso Segarra tendrá 10 días para presentar la acusación, luego de que venza el plazo.
Si en ese tiempo no lo hace deberá solicitar el archivo del expediente y el cese de las medidas de coerción que pesan contra los acusados.
De su lado, Mary Peláez, Sammy Dahuajre, Ricardo Ivanovich Smester, Eddy Brito y Juan José Fernández Ibarra calificaron de atinado el plazo otorgado por la jueza para presentar acusación en momentos en que eran sacados del tribunal y conducidos bajo estrictas medidas de seguridad a la cárcel de Najayo, donde guardan prisión.
Los abogados de los imputados, José Rafael Ariza, Richard Rosario, Manuel Moquete, Félix Porte y Oscar Guerrero, elogiaron la decisión de la jueza, por lo que esperan que el fiscal presente en ese plazo la acusación o de lo contrario proceda a archivar el expediente.
La Fiscalía del Distrito Nacional había solicitado al tribunal otorgarle cuatro meses más, luego de que pasaran ocho meses desde que el caso fue declarado complejo debido a que se han incautado más bienes y faltan otros por decomisar.

Rechaza declarar extinción
Por otro lado, la jueza rechazó declarar extinguida la acción penal en cuanto a Mary Peláez y Sammy Dauhajre, vinculados a Figueroa Agosto.
La magistrada rechazó la solicitud presentada por el abogado de los imputados, Rafael Ariza, por considerarla extemporánea y entender que no se trata del momento procesal para tal petición.
La jueza entiende que la solicitud procedería cuando se haya intimado al ministerio público y haya expirado el plazo de los diez días consagrado en el artículo 151 del Código Procesal Penal.
Peláez y Dauhajre sostienen que llevan varios meses tras las rejas sin que la Fiscalía del Distrito Nacional concluya la investigación, violentando así el debido proceso y sin presentar la acusación en  su contra.
La magistrada precisó además que la acción penal se extingue por vencimiento del plazo máximo de duración del procedimiento preparatorio, sin que el ministerio público haya formulado la acusación.