Los
jueces del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenaron a
10 y 2 años de prisión a siete ex regidores, tras ser encontrados
culpable de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, en
perjuicio del Estado Dominicano y de Bigamia.
Los magistrados Evelyn Torres y Tania Yunes, condenaron a 10 años de prisión a Alfredo Amaury Pereyra, al ser hallado culpable de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, en perjuicio del Estado Dominicano.
Asimismo, el tribunal, con el voto disidente del juez Rafael Pacheco, sentenció a 2 años de prisión a Tomasina Isabel Araujo, Rafael Cuesta Agramonte, Benito Rodríguez, Santiago Adames, Saturnino Sánchez y Adolfina Bocio y suspendió la totalidad de la pena.
La sentencia se produce en momento en que el gobierno de los Estados Unidos dice que no rectificará sobre el informe de trata de personas, donde se anuncia sanciones contra República Dominicana por hacer poco sobre ese problema.
El grupo fue encontrado culpable de violar el artículo 340 del Código Penal Dominicano que tipifica el ilícito de Bigamia en perjuicio de Ramón Antonio Álvarez Román, Genera Pereyra, Santa Cecilia Valdez Jiménez, Damiana Taveras Paniagua, Gregoria Bernard Bencosme y Atanacio Casanova. Los ex regidores fueron acusados de sacar actas de nacimiento falsas, valiéndose de su condición de funcionario municipal, para conseguir visas a personas que no eran sus parientes, en los años 2004 y 2005.
En su decisión los jueces sostienen que los sentenciados a 2 años de prisión deberán residir en su domicilio fijo, asistir a 10 charlas de las que celebra el juez de la ejecución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Isabel Díaz, también realizar trabajos comunitarios según las condiciones el referido juez estime de lugar.
Empero, los jueces sostienen que en caso de que los sentenciados no cumplan con esa disposición, la misma deberá ser ejecutada en la cárcel Modelo de Najayo, San Cristóbal. De igual forma el tribunal declaró no culpable a Luis Caraballo, Ángel Eliezer Ramírez, Salvador Torres, Margarita Ramírez y Ramón Cabral, de violar la Ley 137-03, sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, por lo que en consecuencia dictó sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas.
También declararon a Justo Manuel Valdez y Arelis Martínez, no culpables de violar las disposiciones del artículo 145 del Código Penal Dominicano en consecuencia se dicta igualmente sentencia absolutoria por insuficiencias de pruebas.
Los magistrados Evelyn Torres y Tania Yunes, condenaron a 10 años de prisión a Alfredo Amaury Pereyra, al ser hallado culpable de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, en perjuicio del Estado Dominicano.
Asimismo, el tribunal, con el voto disidente del juez Rafael Pacheco, sentenció a 2 años de prisión a Tomasina Isabel Araujo, Rafael Cuesta Agramonte, Benito Rodríguez, Santiago Adames, Saturnino Sánchez y Adolfina Bocio y suspendió la totalidad de la pena.
La sentencia se produce en momento en que el gobierno de los Estados Unidos dice que no rectificará sobre el informe de trata de personas, donde se anuncia sanciones contra República Dominicana por hacer poco sobre ese problema.
El grupo fue encontrado culpable de violar el artículo 340 del Código Penal Dominicano que tipifica el ilícito de Bigamia en perjuicio de Ramón Antonio Álvarez Román, Genera Pereyra, Santa Cecilia Valdez Jiménez, Damiana Taveras Paniagua, Gregoria Bernard Bencosme y Atanacio Casanova. Los ex regidores fueron acusados de sacar actas de nacimiento falsas, valiéndose de su condición de funcionario municipal, para conseguir visas a personas que no eran sus parientes, en los años 2004 y 2005.
En su decisión los jueces sostienen que los sentenciados a 2 años de prisión deberán residir en su domicilio fijo, asistir a 10 charlas de las que celebra el juez de la ejecución de la Pena del Distrito Nacional, Saulo Isabel Díaz, también realizar trabajos comunitarios según las condiciones el referido juez estime de lugar.
Empero, los jueces sostienen que en caso de que los sentenciados no cumplan con esa disposición, la misma deberá ser ejecutada en la cárcel Modelo de Najayo, San Cristóbal. De igual forma el tribunal declaró no culpable a Luis Caraballo, Ángel Eliezer Ramírez, Salvador Torres, Margarita Ramírez y Ramón Cabral, de violar la Ley 137-03, sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, por lo que en consecuencia dictó sentencia absolutoria por insuficiencia de pruebas.
También declararon a Justo Manuel Valdez y Arelis Martínez, no culpables de violar las disposiciones del artículo 145 del Código Penal Dominicano en consecuencia se dicta igualmente sentencia absolutoria por insuficiencias de pruebas.