Con
el voto disidente de una jueza de la Tercera Sala Penal de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional fue rechazada hoy la solicitud de
revisión de medida coerción que fue interpuesta por dos de los 22
implicado en el caso Paya, donde fueron asesinados siete colombianos en
la comunidad de Paya, Baní.
Los jueces Manuel Bonelly Vegas y Nancy Joaquín, con el voto disidente de la magistrada Isis Muñiz ordenaron el mantenimiento en prisión de Luis Lara Martínez y Denny Jairo Rodríguez Pérez, recluido en la cárcel de Najayo y el 15 de Azua, respectivamente.
El tribunal adoptó la decisión, tras declarar inadmisible la solicitud de revisión de medida de coerción presentada por los imputados, a través de su abogado William Garabito.
Empero, el tribunal de alzada entiende que la jueza presidenta del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Alina Mora de Mármol, excedió los límites que la ley le otorga, ya que si bien el tribunal tenía que pronunciarse sobre el cese de la medida de coerción, tampoco tenía facultad para decir que la prisión preventiva tenía que prolongarse por seis meses más.
En el tribunal el abogado de los imputados alega que sus defendidos tienen más de 18 meses guardando prisión de manera irregular y que no existe peligro de fuga, al tiempo de presentar nuevos presupuestos que a su entender avalan su libertad y la presentación del periodista Juan T. H. como garantía de que no se sustraerán del proceso.
Voto disidente
Tras el presidente en funciones del tribunal, Bonelly Vega, anunciar el rechazo de la solicitud de la revisión de la medida de coerción de los imputados, cedió la palabra a la jueza Isis Muñiz para que motivara su voto disidente.
La jueza entiende que en el caso de los imputados el tribunal que integra debió decretar el cese de la prisión preventiva.
Lara Martínez fue detenido el pasado siete de agosto del 2008 luego de entregarse voluntariamente ante la fiscalía de Baní, y Rodríguez Pérez fue detenido el seis de octubre del mismo año.
En varias ocasiones tanto jueces de instrucción, como penales y de corte habían rechazado su puesta en libertad alegando peligro de fuga.
Ambos constituyen parte del grupo de 22 civiles y militares envueltos en la matanza del 4 de agosto en el paraje de Ojo de Agua, municipio de Paya, provincia Peravia.
Los jueces Manuel Bonelly Vegas y Nancy Joaquín, con el voto disidente de la magistrada Isis Muñiz ordenaron el mantenimiento en prisión de Luis Lara Martínez y Denny Jairo Rodríguez Pérez, recluido en la cárcel de Najayo y el 15 de Azua, respectivamente.
El tribunal adoptó la decisión, tras declarar inadmisible la solicitud de revisión de medida de coerción presentada por los imputados, a través de su abogado William Garabito.
Empero, el tribunal de alzada entiende que la jueza presidenta del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Alina Mora de Mármol, excedió los límites que la ley le otorga, ya que si bien el tribunal tenía que pronunciarse sobre el cese de la medida de coerción, tampoco tenía facultad para decir que la prisión preventiva tenía que prolongarse por seis meses más.
En el tribunal el abogado de los imputados alega que sus defendidos tienen más de 18 meses guardando prisión de manera irregular y que no existe peligro de fuga, al tiempo de presentar nuevos presupuestos que a su entender avalan su libertad y la presentación del periodista Juan T. H. como garantía de que no se sustraerán del proceso.
Voto disidente
Tras el presidente en funciones del tribunal, Bonelly Vega, anunciar el rechazo de la solicitud de la revisión de la medida de coerción de los imputados, cedió la palabra a la jueza Isis Muñiz para que motivara su voto disidente.
La jueza entiende que en el caso de los imputados el tribunal que integra debió decretar el cese de la prisión preventiva.
Lara Martínez fue detenido el pasado siete de agosto del 2008 luego de entregarse voluntariamente ante la fiscalía de Baní, y Rodríguez Pérez fue detenido el seis de octubre del mismo año.
En varias ocasiones tanto jueces de instrucción, como penales y de corte habían rechazado su puesta en libertad alegando peligro de fuga.
Ambos constituyen parte del grupo de 22 civiles y militares envueltos en la matanza del 4 de agosto en el paraje de Ojo de Agua, municipio de Paya, provincia Peravia.