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martes, 21 de abril de 2009

Asamblea Revisora aprueba polémico artículo 30 de Constitución; Pared Pérez advirtió que se acogería con 2/3 parte de bancada del PLD

La Asamblea Nacional Revisora que conoce el proyecto de la nueva Constitución aprobó el polémico artículo 30, tras una amenaza del presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez, quien acogió la propuesta como suya y sacar en cara que la propuesta que sometió el Poder Ejecutivo representado por el también presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Los trabajos de la Asamblea Revisora fueron dejados abiertos a las 4:20 de la tarde con el primer turno que se otorgó a la diputada Minou Tavárez Mirabal, seguida por Marino Mendoza, Leivin Guerrero, Santiago de Jesús Rafael Librado Castillo, Rogelio Genao, que ratificó la posición del PRSC de votar por el articulo 30 de manera íntegra y Gamalier Montás.
Artículo 30 que dice textualmente: El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”, fue acogido por 167 asambleístas mientras 32 votaron en contra.
Este texto constitucinal produjo largos debates y discusiones, divisiones en las bancadas del PLD y mereció que más de 150 legisladores se pronunciaran en la Asamblea , muchos de los cuales sometieron enmiendas a las propuestas las cuales fueron rechazadas en su totalidad.
El artículo 30 venía siendo debatido desde el pasado miércoles, y el jueves no se pudo conocer otro artículo y tuvo que ser levantada la sesión hasta este martes.
La probación produjo fuertes críticas por representantes de grupos feministas y la complacencia de la Iglesia Católica, representada por el padre Luis Rosario, quien sostuvo que la escogencia favorable del artículo 30 no era un triunfo de la Iglesia Católica sino más bien un triunfo para el derecho a la vida.
Durante los debates, el vicepresidente de la Asamblea, Julio César Valentín sometió una la propuesta “El derecho a la vida es inviolable, en general, desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la pena de muerte”, y pidió a seguida un cierre de debates, pero la propuesta fue rechaza y el cierre de los debates.
Roberto Rodríguez, vocero de los perredeistas reiteró la posición de esa bancada de acoger íntegramente la propuesta del Poder Ejecutivo, y también propuso el cierre de debate.
Fue entonces cuando Pared Pérez agotó un turno y anotó que la propuesta presidencial fue sometida por el presidente Leonel Fernández quien es también presidente del PLD, de quien es secretario general.
Agregó que “por eso, como soy obediente a mi partido, voy hacer mío el artículo 30 de la Constitución, el cual estoy seguro que será aprobado con las dos tercera parte de los votos que completarán los asambleístas del Partido de la Liberación Dominicana”.
A seguida sometió la moción de cierre de debate sometida por el asambleísta Roberto Rodríguez del PRD, el cual fue acogido y de inmediato se presentó al escrutinio de la asamblea el artículo 30, el cual fue acogido por 167 votos que sólo requería 133 votos para pasar.
Minutos más tarde, la puerta que da acceso a las graderías de la Asamblea, donde está el público y los periodistas debió ser cerradas por una media horas, luego que las feministas tras abandonar el salón retornaran con el fin de boicotear los trabajos de la Asamblea.

Otros artículos
Tras terminar la votación, se prosiguió el conocimiento de otros artículos, y fueron acogidos el artículo 31 de la propuesta presidencial con modificaciones en los numerales 4, que se cambio la palabra providencia por decisión; en el numera 5, se introdujo la palabra autoridad por la de juez, y en numeral 7 se eliminaron algunas palabras.
El artículo 32 fue acogido sin modificación con una votación de 180 contra 3. También artículo 33 de la nueva propuesta fue acogido con algunas modificaciones en los numerales uno y dos, el tercero fue dejado intacto.
El artículo 34 fue aprobado con 157 contra 16 votos, que refiere que todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.