El Quinto Juzgado de Instrucción de la Provincia Santo Domingo, que preside el magistrado José Dionisio Duvergé, conocerá el próximo lunes 14 de septiembre la audiencia preliminar del caso que se sigue contra cinco hombres acusados de la muerte del segundo Teniente retirado de la Policía Nacional Juan Cabrera Belén, ocurrida el 5 de octubre del 2008.
Los imputados en el caso son los nombrados Joan Manuel Alcántara de Jesús, Leandris Ernesto Ramirez Casado, José Iván Batista Valdez, José Luis Rosario Taveras y Fernando Cruz Villa a quienes el Ministerio Público responsabiliza de la muerte del señor Juan Cabrera Belén mientras se desempeñaba como sereno de la planta de expendio de gas propano de la empresa Centro Gas Dominicano, situada en la calle Central del barrio El Café de Herrera.
El caso ha despertado interés en personas relacionadas con el proceso penal de la República Dominicana por el activo papel que han jugado los familiares de la víctima, en procura de que se haga justicia. Igualmente, por cuanto juristas que han estudiado el expediente consideran que acciones y decisiones tanto del Ministerio Público inicialmente actuante en el caso como del Juez Presidente del Quinto Juzgado de Instrucción carecen de justificación o mueven a suspicacia.
Según las pruebas aportadas por la investigación policial la víctima fue ultimada con una pistola marca Taurus, calibre 9 milímetros. Un estudio de balística realizado por los departamentos correspondientes de la Policía Nacional determinó que dicha arma habría sido utilizada en por lo menos otros tres hechos que produjeron muertes, entre ellas la de la mayor de la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET), Paula Mercedes, ocurrida poco más de un mes después del asesinato del teniente retirado de la Policía Nacional.
El arma implicada en dichos crímenes fue obtenida por la Policía Nacional mediante un allanamiento realizado en el taller de otro detenido por el cuerpo del orden, el nombrado Miguel Ángel Eladio Ferreras Valdez, quien condujo a representantes del Ministerio Público y de la Policía Nacional hasta el lugar ubicado en el sector de Villa Juana del Distrito Nacional en el que según alega, el imputado Joan Manuel Alcántara de Jesús la habría ocultado.
Este último, Alcántara De Jesús, es indicado por el Ministerio Público como la persona que realizó los disparos que dieron muerte al señor Juan Cabrera Belén en octubre del año pasado.
Durante las etapas previas del proceso, la parte civil en representación de la víctima, inconforme con decisiones tomadas tanto por el ministerio público inicialmente actuante en el caso, en la persona del Lic. Ramón Sención Sánchez, como del Juez de Instrucción, José Dionisio Duvergé, apoderó a las instancias correspondientes de sendas recusaciones de ambos funcionarios.
En la primera audiencia relativa al caso, el Lic. Sención Sánchez, en representación del Ministerio Público, solicitó que a los imputados se les fijase una garantía económica y la obligación de presentarse cada treinta días por ante su despacho, medida que fue acogida por el Juez de Instrucción. Fuentes consultadas consideran que, más adelante, cuando el último de los imputados, Joan Manuel Alcántara de Jesús se entregó a las autoridades y se realizaron las pruebas de balística sobre el arma obtenida por la policía que determinaron que la misma había sido utilizada en varios hechos fatales durante los últimos meses del 2008, el Ministerio Público debió solicitar la prisión preventiva para los implicados, mediante una modificación de las medidas de coerción.
Sin embargo, en la audiencia celebrada el 30 de julio recién pasado, el último de los detenidos, el mencionado Alcántara de Jesús, fue puesto en libertad mediante una garantía económica, al igual que se había decido previamente con los demás.
Para la fecha de la próxima audiencia preliminar subirá a estrados en representación de la víctima el Lic. Félix Damián Olivares Grullón, uno de los juristas que interviniera en la redacción del código procesal penal y quien consideró que este caso debe servir como un ejemplo de las opciones que para la salvaguarda de los intereses de la víctima prevé el Código Procesal Penal.
El Dr. Olivares Grullón estima que es tiempo de que los Tribunales tutelen efectivamente a las víctimas de crímenes horrendos que sacuden la conciencia nacional, sin que haya lugar a escudarse en las alegadas deficiencias que se le atribuyen al Código Procesal Penal, ya que en este y otros casos existen elementos de prueba que brindan suficiente fundamento para pronunciar condenas contra los autores y participes.