Con el voto disidente de dos jueces, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró hoy conforme a la Constitución de la República el acuerdo firmado en 1954 entre el Estado dominicano y el Vaticano, mejor conocido como el “Concordato”.
El máximo tribunal de justicia rechazó de esa forma un recurso de inconstitucionalidad incoado por el Ministerio Jesús es Sanidad y Vida, perteneciente a la iglesia evangélica.
Los votos disidentes fueron del vicepresidente de la SCJ, doctor Rafael Luciano Pichardo, y de José Rafael Hernández Machado.
La Iglesia Católica, a través de su Nunciatura en el país, había advertido que la SCJ no tiene facultad para eliminar ese acuerdo.
La advertencia de la Iglesia Católica fue hecha en el 2006 a través de quien en ese entonces era el representante de la Santa Sede, monseñor Timothy Brogglio.
Brogglio calificó en esa ocasión como absurdas las pretensiones del Ministerio Jesús es Sanidad y Vida, que presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Concordato.
Según Brogglio, el Concordato es un acuerdo internacional que sólo puede ser anulado con el consentimiento de las partes, como lo establecen las normas del derecho internacional.
“Eso es un tratado. Entonces, si alguna de las partes del tratado quiere revisar el tratado, se hace con los canales apropiados, que sería a través de la Cancillería de la República con la Nunciatura, o con la embajada de la Republica Dominicana en la Santa Sede”, dijo en el 2006 el que fuera represente del Papa en el país.
El Ministerio Jesús es Sanidad y Vida alega que el Concordato violenta la libertad de culto, por lo que exige el establecimiento de su inconstitucionalidad.
El recurso llevaba más de un año pendiente de fallo en la SCJ, por lo que los evangélicos reclamaban su colocación en agenda por parte de los jueces de ese tribunal.
Sobre el particular, Brogglio dijo, empero, que está de acuerdo con una revisión, como lo han hecho otros países, entre ellos Colombia, España e Italia.
La SCJ fue apoderada del recurso de inconstitucionalidad contra el Concordato bajo el alegato de que convierte la religión Católica en la oficial, en detrimento de las otras iglesias.
El recurso fue presentado por el Ministerio Jesús es Sanidad y Vida Eterna, que preside Domingo Paulino Moya, argumentando que el acuerdo internacional es contrario a los artículos 2, 18 y 26 de la Constitución, y a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Convenio Americano de los Derechos Humanos.
La SCJ determinó en su sentencia que el Concordato no violenta ni la libertad de conciencia ni la libertad de cultos, como alega el Ministerio Jesús es Santidad y Vida Eterna.
El máximo tribunal de justicia también estableció que no constituyen ningún tipo de privilegio las exoneraciones de vehículos que concede el Estado a los sacerdotes de la Iglesia Católica, en el entendido de que los miembros de las demás iglesias pueden acceder a ese beneficio.