Los periodistas Nuria Piera y Huchi Lora interpusieron hoy un recurso de oposición por ante el juez de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional, en contra de la decisión de autorizar el auxilio de la fuerza pública para que la empresa Lácteos Dominicanos S.A. (Ladom) y su abogado obtenga en la oficina de la comunicadora videos o CDs sin editar de la visita del equipo de periodistas por cuenta de su programa de televisión, que asistieron a las instalaciones de la empresa.
El recurso fue presentado por ante la secretaria del juez Felipe Molina Abreu, por los abogados Luis Miguel Rivas y Katiuska Jiménez Castillo, quienes piden la revocación o retractación del auto 302-08, dictado por ese tribunal el pasado 15 de septiembre, mediante el cual otorga el auxilio judicial previo a Ladom, para la obtención de medios de prueba que sustenten la acusación.
“El auto impugnado mediante el presente recurso en oposición y/o retractación, induce sobre la finalidad de que debe seguir la prueba obtenida, con lo cual se viola de manera inequívoca el principio de imparcialidad que debe regir toda decisión judicial, además, es atentatorio al principio de la presunción de inocencia”, apunta la instancia dirigida al tribunal por la defensa de Nuria Piera y Huchi Lora.
Ladom interpuso una demanda contra los periodistas Nuria Piera y Huchi Lora, por éstos haberse hecho eco de que la leche que suple para el desayuno escolar no tenía los niveles mínimos de nutrientes como lo establece el Reglamento de Bienestar Estudiantil de la Secretaría de Educación.
La defensa de los comunicadores piden además la nulidad del acto de alguacil instrumentado por el ministerial Santo Zenón Disla Florentino, del tribunal que dictó el auto administrativo, mediante la cual le notificó la decisión del juez, alegando que dicho acto no anexa de manera integra el auto que pretende ser notificado, con lo cual no cumple su cometido procesal.
Sostienen en la instancia que la prueba solicitada a través del auxilio judicial previo, puede ser obtenida por la parte acusadora sin necesidad de que intervenga la autoridad pública, atropellando el ejercicio de los periodistas imputados, con lo cual se demuestra que la intención de Ladom es abusar de la buena fe del tribunal.
Señala que la intromisión a las oficinas y lugar de trabajo de los periodistas demandado por difamación por la referida empresa, sienta un grave precedente que atentaría contre el secreto de las fuentes periodísticas y con ello a la libertad del ejercicio de la profesión de periodista.
Manifestaron que la prueba que se pretende ser obtenida, no guarda relevancia con aquello que debe ser demostrado por la parte acusadora, ya que la entrega de videos no difundidos en medios de prensa, y que no han podido ser instrumento de inexactitudes puestas en conocimiento público, no puede servir de base probatoria en materia de rectificación.
En el auto administrativo, el juez Molina Abreu, autorizó además al Ministerio Público prestar auxilio judicial para obtener de Nuria Piera y Huchi Lora los análisis y exámenes de laboratorios citados en el programa televisivo del 7 de junio pasado.
El recurso fue presentado por ante la secretaria del juez Felipe Molina Abreu, por los abogados Luis Miguel Rivas y Katiuska Jiménez Castillo, quienes piden la revocación o retractación del auto 302-08, dictado por ese tribunal el pasado 15 de septiembre, mediante el cual otorga el auxilio judicial previo a Ladom, para la obtención de medios de prueba que sustenten la acusación.
“El auto impugnado mediante el presente recurso en oposición y/o retractación, induce sobre la finalidad de que debe seguir la prueba obtenida, con lo cual se viola de manera inequívoca el principio de imparcialidad que debe regir toda decisión judicial, además, es atentatorio al principio de la presunción de inocencia”, apunta la instancia dirigida al tribunal por la defensa de Nuria Piera y Huchi Lora.
Ladom interpuso una demanda contra los periodistas Nuria Piera y Huchi Lora, por éstos haberse hecho eco de que la leche que suple para el desayuno escolar no tenía los niveles mínimos de nutrientes como lo establece el Reglamento de Bienestar Estudiantil de la Secretaría de Educación.
La defensa de los comunicadores piden además la nulidad del acto de alguacil instrumentado por el ministerial Santo Zenón Disla Florentino, del tribunal que dictó el auto administrativo, mediante la cual le notificó la decisión del juez, alegando que dicho acto no anexa de manera integra el auto que pretende ser notificado, con lo cual no cumple su cometido procesal.
Sostienen en la instancia que la prueba solicitada a través del auxilio judicial previo, puede ser obtenida por la parte acusadora sin necesidad de que intervenga la autoridad pública, atropellando el ejercicio de los periodistas imputados, con lo cual se demuestra que la intención de Ladom es abusar de la buena fe del tribunal.
Señala que la intromisión a las oficinas y lugar de trabajo de los periodistas demandado por difamación por la referida empresa, sienta un grave precedente que atentaría contre el secreto de las fuentes periodísticas y con ello a la libertad del ejercicio de la profesión de periodista.
Manifestaron que la prueba que se pretende ser obtenida, no guarda relevancia con aquello que debe ser demostrado por la parte acusadora, ya que la entrega de videos no difundidos en medios de prensa, y que no han podido ser instrumento de inexactitudes puestas en conocimiento público, no puede servir de base probatoria en materia de rectificación.
En el auto administrativo, el juez Molina Abreu, autorizó además al Ministerio Público prestar auxilio judicial para obtener de Nuria Piera y Huchi Lora los análisis y exámenes de laboratorios citados en el programa televisivo del 7 de junio pasado.