El pleno de la Suprema Corte de Justicia dispuso hoy que el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional continué con el proceso seguido a los ejecutivos del Banco Mercantil, acusados de presunto fraude en contra de la entidad bancaria, ante un conflicto de jurisdicción. Los jueces establecieron que ese tribunal es el competente para conocer el juicio de fondo en contra de Andrés Alejandro Aybar Báez, Evelyn Altagracia Pérez Montandón, Rafael
Maximiliano Hernández, Ramón Aref Henríquez Risck, José Manuel Mateo Contreras, Eduardo Jacinto Alejandro de Castro Sánchez, Rafael Faxas-Flores Hernández, Juan Rafael Oller Santoni y Juan Rafael Reyes Maríñez.
Ahora el Primer Tribunal Colegiado deberá dictar el auto de fijación de audiencia y comunicarle a las partes del proceso el mismo, con la finalidad de que, en virtud de lo que dispone el artículo 305 del Código Procesal Penal, planteen, si lo entienden de lugar, los incidentes, excepciones y recusaciones procedentes, a su juicio, así como proceder a realizar todos los actos preparatorios del juicio.
Al grupo se le acusa de alegadas violaciones al Código Penal y la Ley Monetaria y Financiera, hechas por el Banco Central y la Superintendencia de Bancos.
Asimismo, los jueces de la Suprema Corte ordenaron a los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de la Provincia de Santo Domingo desapoderarse del caso y remitir las piezas relacionadas al mismo al tribunal competente.
El alto tribunal reunidos en Cámara de Consejo adoptó la decisión al conocer el conflicto suscitado entre la Presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional y el Segundo Tribunal Colegiado de la Provincia de Santo Domingo, los cuales resultaron apoderados por sendas sentencias, la primera de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y el segundo por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.
En torno al caso un juez de instrucción dictó auto de no ha lugar en favor de los procesados Moya Hernández, Pichardo Lafontaine, Álvarez Alma, Cañal Roldán, Rodríguez Cáceres, De Castro Sánchez, Henríquez Risk, Mateo Contreras y Mirta
Salazar, por no existir indicios serios, precisos y concordantes que comprometan su responsabilidad penal.
Empero, una Cámara de Calificación del Distrito Nacional recovó dicha decisión enviándolo por ante un tribunal criminal.